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A través de su cuenta de Twitter, la ministra del Trabajo aclaró los alcances de los anuncios y cómo deberán quienes desempeñen actividades esenciales y quienes no lo hagan.
A partir de los anuncios del Ministerio de Salud de que a partir de este jueves 25 nuevas comunas del país ingresarán a cuarentena total, la ministra del Trabajo, María José Zaldívar, explicó los alcances que tendrán estas medidas para los trabajadores, sea que se desempeñen en actividades esenciales o no.
A través de su cuenta de Twitter, la secretaria de Estado aclaró que las personas que se desempeñan en actividades esenciales podrán seguir realizando sus funciones como lo han hecho durante todo este período, para lo cual sus empleadores deberán gestionarles un salvoconducto o permiso, según sea el caso. Los trabajadores que no estén en esta situación y que su labor se lo permita, en acuerdo con su empleador, podrán seguir realizándola a través de la modalidad de teletrabajo. «En estos casos deberán seguir recibiendo sus remuneraciones íntegramente», subrayó Zaldívar.
Desde este jueves, un número importante de trabajadores pasará a cuarentena, producto de la comuna en donde vive o por el lugar en donde se encuentra su trabajo. A continuación aclararé qué establece la Ley para estos casos ????????
— María José Zaldívar (@mjose_zaldivar) March 22, 2021
En tanto, los trabajadores que no estén en ninguna de las situaciones antes mencionadas y que cotizan para el Seguro de Cesantía, podrán acceder a la Ley de Protección del Empleo, mediante la «suspensión de contrato por acto de autoridad», ya que esta iniciativa fue extendida hasta el 6 de junio del año en curso. Mientras que debido a las mejoras que se le hicieron a la citada normativa, los trabajadores que agotaron sus giros podrán acceder a pagos adicionales de hasta 15 giros con cargo al Fondo de Cesantía Solidario. También tendrán derecho a acogerse a la Ley de Protección del Empleo las trabajadoras de casa particular.
La ministra concluyó advirtiendo que «los días trabajados durante este mes deben ser pagados íntegramente por el empleador y no pueden ser descontados de remuneración del trabajador».