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La resolución estableció la «fijación temporal de precios máximos de venta al consumidor para todos los productores, comercializadores y distribuidores» de 1.432 productos de consumo masivo en todo el territorio nacional.
También requirió «a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización de los productos incluidos (en el listado) a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada, y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión durante el período de vigencia de la presente medida».
La normativa indicó que la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores publicará en su página web de forma destacada los precios máximos de venta al consumidor final para cada uno de los productos alcanzados por la presente resolución.
Según informó la Secretaría de Comercio Interior anoche, «la lista acordada comprende un diverso espectro de 1.432 artículos, que incluye tanto primeras marcas como productos de pequeñas y medianas empresas».
Por otra parte, garantiza que «en las 23 provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la canasta contendrá necesariamente los siguientes rubros: almacén, limpieza e higiene y cuidado personal».